viernes, 31 de diciembre de 2010
martes, 28 de diciembre de 2010
¿INOCENTE O INOCENTADA?
Carlos Fabra, presidente de la Diputación de Castellón, quedó ayer libre de cuatro de los siete delitos que pesaban sobre él. En un auto, la Audiencia Provincial considera que debe ser juzgado por presunto tráfico de influencias y también por el supuesto fraude fiscal cometido en 1999. También pudo haber cometido, aunque se formulan algunas reservas, un delito de cohecho. Sin embargo, el tribunal eliminó de la lista de imputaciones cuatro supuestos fraudes fiscales, uno por cada ejercicio desde 2000 a 2003.
El argumento de los magistrados para dar carpetazo a esos cuatro delitos es que han prescrito. El auto no niega en ningún momento las irregularidades halladas en las cuentas de Carlos Fabra, recogidas en un informe incorporado a la causa y elaborado por peritos judiciales, que durante cuatro años rastrearon sus movimientos bancarios. Esa investigación concluyó que el jefe del PP castellonense tuvo entre 1999 y 2004 dos millones de euros de ingresos sin declarar. La cifra asciende a los tres millones y medio si se le añaden las sumas recibidas por su entonces esposa, María Amparo Fernández
La Audiencia fundamenta su decisión en que no ha habido una imputación formal referente a los cuatro delitos fiscales de los años que van desde 2000 a 2003, de forma que el derecho a la defensa y a la "seguridad jurídica" del acusado no quedan garantizados si ahora se le juzga por esos cargos. El tribunal recuerda que la Agencia Tributaria sí denunció a Fabra por el fraude presuntamente cometido en el año 1999, de forma que la cuenta atrás de la prescripción quedó interrumpida. Pero no sucedió así respecto a los supuestos fraudes de los ejercicios siguientes.
Los argumentos
Según el auto, no basta con la instrucción que el Juzgado número 1 de Nules tiene abierta desde 2004, en la que se investiga a Fabra por delitos contra la Administración Pública. Tampoco es suficiente, según los magistrados, un auto que la propia Audiencia emitió en 2006 para ordenar a los peritos judiciales que investigaran el incremento patrimonial de la familia Fabra y su "incidencia fiscal". Lo que tenía que haber pasado, según el tribunal, es que estos peritos hubieran acabado antes su trabajo, de forma que diera tiempo a formular las imputaciones antes de que prescribieran los delitos. Algo que "de forma sorprendente", indica el auto, "no se ha hecho por el retraso del dictamen".
Carlos Fabra sí será juzgado, en cambio, por tráfico de influencias, además de por el presunto delito de fraude fiscal cometido en 1999. El auto detalla cómo el dirigente conservador mantuvo varias reuniones en Madrid con funcionarios y altos cargos del Gobierno de José María Aznar entre los que se encontraba el entonces ministro de Agricultura, Jesús Posadas, o Juan Costa, secretario de Hacienda, además de senadores y diputados, para conseguir que fitosanitarios comercializados por un amigo suyo salieran al mercado, a pesar de que su tramitación llevaba años atascada.
Fabra justificó su interés en que la aprobación del producto era "beneficioso para el sector fitosanitario en la provincia", pero la Audiencia rechaza esta explicación. Además, el auto recuerda que el político castellonense compartió la titularidad de empresas con el fabricante del plaguicida en cuestión. Como indicio clave, el auto constata que el fitosanitario fue súbitamente aprobado sólo tres meses después de las reuniones mantenidas en Madrid.
La Audiencia también dedica un largo razonamiento al delito de cohecho, por el que Fabra es investigado desde hace seis años. Los magistrados consideran que un político comete cohecho sólo cuando cobra o recibe regalos por hacer algo que está dentro de sus funciones. Pero las gestiones que Fabra hizo para conseguir que el fitosanitario de su amigo y socio recibiera el visto bueno del Gobierno no se debieron al poder que le otorga su cargo. Su actuación, dice el tribunal, "pudiera considerarse tráfico de influencias", pero no cohecho. A pesar de llegar a esta conclusión, la Audiencia no declara sobreseído el presunto delito, por lo que, según fuentes jurídicas consultadas, la imputación sigue vigente.
La fiscalía anunció ayer que recurrirá el auto ante el Tribunal Supremo, informa Europa Press. También recurrirá la acusación popular, ejercida por la Unión de Consumidores de España (UCE).
Este será el último trámite de una instrucción que tramita el Juzgado número 1 de Nules y que dura ya seis años. Por ella han desfilado ocho jueces y cuatro fiscales.
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 17:38 2 comentarios
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sábado, 25 de diciembre de 2010
CNN+ se despide
El emblemático canal de noticias CNN+ cierra sus puertas Profesionales tan prestigiosos como José María Calleja, Antonio San José, Iñaki Gabilondo o Victoria Lafora han dicho adiós. Una "noticia" triste porque desde hoy el periodismo es un poco menos libre y plural. Gracias por estos 11 años de de trabajo serio y riguroso. Espero se encuentre la forma de volver porque sino solo nos quedan tertulias radicales del estilo de las de intereconomía y del resto de canales controlados por la derecha y los neocon.
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 10:22 7 comentarios
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¡FELICES FIESTAS!
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 10:10 2 comentarios
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viernes, 17 de diciembre de 2010
Elecciones Sindicales 2010
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 19:46 12 comentarios
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lunes, 6 de diciembre de 2010
Talha inicia la campaña de recogida de alimentos para el Sáhara
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 15:48 2 comentarios
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domingo, 5 de diciembre de 2010
TÓNICO RECONSTITUYENTE
Artículo 1.
1. España se constituye en un Estado social y democrático de Derecho, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico la libertad, la justicia, la igualdad y el pluralismo político.
2. La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado.
Artículo 6.
Los partidos políticos expresan el pluralismo político, concurren a la formación y manifestación de la voluntad popular y son instrumento fundamental para la participación política. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Artículo 7.
Los sindicatos de trabajadores y las asociaciones empresariales contribuyen a la defensa y promoción de los intereses económicos y sociales que les son propios. Su creación y el ejercicio de su actividad son libres dentro del respeto a la Constitución y a la Ley. Su estructura interna y funcionamiento deberán ser democráticos.
Artículo 22.
1. Se reconoce el derecho de asociación.
Artículo 23.
1. Los ciudadanos tienen el derecho a participar en los asuntos públicos directamente o por medio de representantes, libremente elegidos en elecciones periódicas por sufragio universal.
Artículo 28.
1. Todos tienen derecho a sindicarse libremente. La Ley podrá limitar o exceptuar el ejercicio de este derecho a las Fuerzas o Institutos armados o a los demás Cuerpos sometidos a disciplina militar y regulará las peculiaridades de su ejercicio para los funcionarios públicos. La libertad sindical comprende el derecho a fundar sindicatos y a afiliarse al de su elección, así como el derecho de los sindicatos a formar confederaciones y a fundar organizaciones sindicales internacionales o afiliarse a las mismas. Nadie podrá ser obligado a afiliarse a un sindicato.
2. Se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses. La Ley que regule el ejercicio de este derecho establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Artículo 31.
1. Todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio.
2. El gasto público realizará una asignación equitativa de los recursos públicos y su programación y ejecución responderán a los criterios de eficiencia y economía.
Artículo 35.
1. Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
2. La Ley regulará un Estatuto de los Trabajadores.
Artículo 37.
1. La Ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios.
2. Se reconoce el derecho de los trabajadores y empresarios a adoptar medidas de conflicto colectivo. La Ley que regule el ejercicio de este derecho, sin perjuicio de las limitaciones que pueda establecer, incluirá las garantías precisas para asegurar el funcionamiento de los servicios esenciales de la comunidad.
Artículo 40.
1. Los poderes públicos promoverán las condiciones favorables para el progreso social y económico y para una distribución de la renta regional y personal más equitativa, en el marco de una política de estabilidad económica. De manera especial realizarán una política orientada al pleno empleo.
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 12:40 0 comentarios
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sábado, 4 de diciembre de 2010
¿Qué es Wikileaks?
La web nació en el año 2006 definiéndose como «un servicio público cuyo objetivo es proteger a informantes, periodistas y activistas» que quieran publicar material sensible, y se financia con donaciones independientes. Con el objetico de evitar el cierre, el sitio al que se sube la información está alojado en servidores repartidos por distintos países. En cuatro años ha logrado ser un referente periodístico gracias a la publicación de secretos oficiales e información sensible.
Este portal se ha convertido en el azote de los poderosos, no importa que sean gobiernos, bancos o multinacionales. Sus fundadores son periodistas, disidentes chinos, hackers y programadores informáticos. Al frente está el misterioso Julian Assange -se dice de él que viaja por todo el mundo con un portátil y un saco de dormir-, quien ha descrito Wikileaks como «la agencia de inteligencia más poderosa de la tierra».
El equipo está formado por cinco personas y otras 800 que trabajan de forma esporádica, según ha contado Assange en las pocas entrevistas que ha concedido, quien defiende que la organización tiene que ser opaca para protegerla «de ataques legales o algo más siniestro».
En la actualidad acumula más de un millón de documentos oficiales y secretos, la mayoría sobre Estados Unidos, que se albergan en servidores de varios países cuya legislación asegura la integridad de los informantes.
Entre la información más destacada publicada por esta página web puede hallarse documentación sobre procesos en la prisión de Guantánamo; correos electrónicos de la Unidad de Investigación Climática (Climate Research Unit); así como un video secreto del 2007 que muestra el ataque de un helicóptero estadounidense en Irak en el que se mató a decenas de civiles, incluyendo a dos periodistas desarmados. Hasta el momento, la filtración más importante se había producido el pasado mes de julio con la publicación de más de 92.000 documentos secretos referentes a las acciones del Ejército estadounidense durante la guerra en Afganistán.
Publicado por Alberto Feijoó Arnau a las 10:38 0 comentarios
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